El mes de septiembre será trascendental en el ámbito fiscal del país, ya
que la iniciativa federal de reforma fiscal será finalmente presentada
ante el Congreso de la Unión para que en esta ocasión sea dictaminada
y votada por las cámaras.
Muchas de las propuestas recogidas durante las numerosas reuniones
entre los integrantes de la Comisión y distintos grupos industriales,
sociales y académicos del país serán integradas en la versión definitiva
del documento oficial.
Entre las propuestas más importantes están los cambios de
denominación de la “contribución empresarial a tasa única” (CETU) y
del “impuesto contra la informalidad” por “impuesto a tasa única” e
“impuesto para los depósitos en efectivo”, respectivamente. Asimismo,
se prevé se conceda un periodo de transición en donde las inversiones
realizadas durante los últimos meses del ejercicio 2007 se puedan
deducir en el impuesto a tasa única de los próximos ejercicios, además
de que se permita la deducción de donativos. Uno de los aspectos
más controvertidos respecto a la CETU ha sido la imposibilidad de los
contribuyentes para deducir los sueldos y demás prestaciones en dicho
impuesto, lo cual no ha sido descartado para el impuesto a tasa única,
de ahí que debemos estar muy atentos a los debates que se susciten al
interior de las cámaras de Diputados y Senadores.
No fue posible sacar adelante la reforma fiscal durante el mes de
agosto en un periodo extraordinario de sesiones, pues la complejidad
del asunto impidió que se pudiera llegar a acuerdos rápidamente,
aunque tal hecho carece de importancia ante la imperiosa necesidad de
que la propuesta de reforma fiscal esté bien hecha y responda a las
necesidades tributarias que, sin duda, exigen respuesta inmediata.
Se espera que el nuevo paquete fiscal sea aligerado respecto a la
propuesta original y, por tanto, en términos generales, genere una
menor recaudación que la proyectada en un inicio. Esperamos que este
sea sólo el primer paso del camino que debemos empezar a recorrer
para llegar a la madurez y modernidad tributaria.